Junta de Hospital

OBJETIVO

La Junta de Hospital es el órgano colegiado de asesoramiento de los órganos de dirección de Atención Especializada en lo relativo a la actividad asistencial, docente y de investigación, así como de participación de los profesionales en el mecanismo de toma de decisiones que afecten a sus actividades. 

 

FUNCIONES

Son funciones de la Junta de Hospital: 

  1. Asesorar a los órganos de dirección en todo lo relativo a la prestación de la atención especializada a los ciudadanos. 
  2. Proponer el plan anual de necesidades, teniendo en cuenta en todo caso las disponibilidades presupuestarias. 
  3. Proponer las decisiones en materia de formación del personal, teniendo en consideración las necesidades del servicio. 
  4. Estudiar y proponer las actividades en materia de investigación. 
  5. Proponer el número, denominación, composición por unidades y funciones de las comisiones clínicas dependientes de la Junta. Las personas que ostentan dichas comisiones podrán ser llamados a comparecer ante el pleno para recibir instrucciones y dar cuenta de la actividad de las mismas.