OBJETIVO
La Junta de Hospital es el órgano colegiado de asesoramiento de los órganos de dirección de Atención Especializada en lo relativo a la actividad asistencial, docente y de investigación, así como de participación de los profesionales en el mecanismo de toma de decisiones que afecten a sus actividades.
FUNCIONES
Son funciones de la Junta de Hospital:
- Asesorar a los órganos de dirección en todo lo relativo a la prestación de la atención especializada a los ciudadanos.
- Proponer el plan anual de necesidades, teniendo en cuenta en todo caso las disponibilidades presupuestarias.
- Proponer las decisiones en materia de formación del personal, teniendo en consideración las necesidades del servicio.
- Estudiar y proponer las actividades en materia de investigación.
- Proponer el número, denominación, composición por unidades y funciones de las comisiones clínicas dependientes de la Junta. Las personas que ostentan dichas comisiones podrán ser llamados a comparecer ante el pleno para recibir instrucciones y dar cuenta de la actividad de las mismas.